El Juzgado de Conciliación y Trabajo de Séptima Nominación Seccional 14 dictó sentencia favorable estableciendo la nulidad de los despidos que la empresa Danal ordenó contra dos trabajadores y representantes gremiales en marzo del año 2022.
En su fallo, el juez de primera instancia Ezequiel Rueda dispuso las reincorporaciones bajo las mismas condiciones en que los dos operarios se desempeñaban anteriormente a sus desvinculaciones, además del pago de los salarios caídos desde la fecha de las cesantías.
Cabe recordar que la patronal ordenó los despidos luego de que ambos trabajadores se postularan para los cargos de delegado y subdelegado en una elección gremial que siempre fue negada y obstaculizada por las autoridades de la empresa en una clara maniobra antisindical y antidemocrática.
La resolución del Poder Judicial no hace más que convalidar el reclamo que siempre mantuvimos en pie no solo para defender a los dos compañeros afectados, sino para garantizar también el derecho de todos los trabajadores y trabajadoras de elegir libremente y sin condicionamientos a sus representantes.
Desde el Stia Córdoba seguiremos accionando firmemente en rechazo a este tipo de maniobras patronales cuya única meta es impedir la actividad sindical.
Saludamos a los compañeros y convocamos a todos los trabajadores y trabajadoras a continuar unidos y organizados gremialmente en defensa de nuestros derechos.
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